Ley de Aguas avanza con cambios tras maratónica discusión en Diputados; pasa al Senado
El Universal .- Después de 24 horas de discusión, que inició ayer a las 14:30 horas, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular la expedición de una Ley General de Aguas, así como reformas a la Ley de Aguas Nacionales.
Inmediatamente, se envió la minuta al Senado de la República, donde se prevé que la mayoría del oficialismo la discuta en fast track.
La discusión del dictamen en lo particular, inició a las 20:20 horas de ayer, y terminó hoy a las 14:10 horas, y se presentaron más de 500 reservas; al final la minuta quedó avalada por 324 votos a favor por parte de Morena, PT y PVEM, así como 118 sufragios en contra y dos abstenciones del PRI, PAN y MC.
Del total de reservas, se aprobó un paquete de 18 que propusieron las bancadas de Morena, PT y PVEM, que aseguraron “atiende las inquietudes del sector agrícola”, pero que generó confrontación con las bancadas opositoras, quienes afirmaron que ninguna de ellas “solucionan lo que dicen solucionar”.
Destaca la modificación al artículo 22, que establece que los derechos amparados en lasconcesionesy asignaciones, “no serán sujetos de transmisión”.
A dicho artículo se le agregó un párrafo en el que se puntualiza que los derechos preferentes derivados de la transmisión de propiedad, fusión, y escisión de sociedades civiles o mercantiles, y derechos sucesorios, se reasignarán conforme al artículo 37bis, que establece: “La Autoridad del Agua resolverá mediante procedimientos expeditos, en un plazo que no exceda de 20 días hábiles, la reasignación de volúmenes”.
También se aprobó una reserva al artículo 24 para establecer que las concesiones o asignaciones serán objeto de prórroga hasta por igual término y características del título vigente, “siempre y cuando sus titulares lo soliciten entre los tres años previos al término de su vigencia y seis meses antes de su vencimiento”.
Se modificó el artículo 49, que originalmente puntualizaba que cuando se transmita el dominio de tierras vinculadas con un título de concesión, “no aplicará un cambio de uso cuando se trate de uso agrícola y pecuario”. En la reserva se agrega que tampoco aplicará cuando se trate de actividades acuícolas.
Se modificó el artículo 123 Bis 3 para establecer la pena mínima y máxima a quienes trasladen aguas nacionales con fines de lucro. Señala que cuando el volumen sea menor o equivalente a 50 mil litros, la pena será de tres a 5 meses de prisión, y cuando el volumen sea mayor a 50 mil litros, la pena será de seis a ocho meses de prisión.