Impulsa estado blindaje total contra movilización irregular de ganado bovino
Para consolidar un Blindaje Total contra la movilización irregular de ganado bovino y con la advertencia de tomar acciones legales en caso de no hacerlo, Marco González, Secretario de Desarrollo Regional y Agropecuario, solicitó a instancias clave en el tema, exigir la Guía de Tránsito REEMO (Registro Electrónico de Movilidad) como requisito indispensable para el desplazamiento de los hatos.
Esto, en oficios remitidos formalmente al Comité Estatal de Fomento, Sanidad y Movilización Pecuaria (CEFOSAMP), a Unión Ganadera Regional de Nuevo León, como responsable de la operación de la Estación Cuarentenaria “Arturo de la Garza González”, y a la Dirección de Campañas Zoosanitarias del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA).
“El Gobierno del Estado, a través de la Secretaría de Desarrollo Regional y Agropecuario, se encuentra realizando un gran esfuerzo, en conjunto con todas las instituciones involucradas para mantener y mejorar el nivel de Acreditado Preparatorio otorgado por APHIS / USDA (Servicio de Inspección Sanitaria de Animal y Vegetal / Departamento de Agricultura de Estados Unidos), lo que permite exportar ganado bovino en pie hacia los Estados Unidos de América”, expuso González en los tres documentos enviados.
“Por tal motivo, me permito solicitar su colaboración de manera activa dentro de toda esta cadena de acciones… a partir de hoy 19 – diecinueve de julio del año en curso”.
El titular de la Secretaría de Desarrollo Regional y Agropecuario (SEDRA) fue muy específico en la exigencia y la advertencia respectiva, que giró a cada una de las tres instancias.
• Comité Estatal de Fomento, Sanidad y Movilización Pecuaria.
- Solicitud: Se establezca la Guía de Tránsito REEMO como requisito obligatorio para la emisión del Permiso de Internación en cargamentos de ganado bovino que pretendan ingresar al Estado de Nuevo León.
- Advertencia: En caso de ingresar ganado sin dicho requisito, se iniciarán acciones legales en contra de los funcionarios públicos o personal que permita el acceso.
• Unión Ganadera Regional de Nuevo León.
- Solicitud: Se establezca la Guía de Tránsito REEMO como requisito obligatorio en todo cargamento de ganado bovino que pretenda ingresar a la Estación Cuarentenaria, “Arturo de la Garza González”, independientemente de los requisitos que el establecimiento disponga.
- Advertencia: En caso de ingresar ganado sin dicho requisito, se aplicarán acciones legales que pueden ir desde el aseguramiento precautorio de animales, multa, hasta la clausura temporal, parcial o total del establecimiento.
• Dirección de Campañas Zoosanitarias de SENASICA.
- Solicitud: Se establezca la Guía de Tránsito REEMO como requisito obligatorio para la emisión del Certificado Zoosanitario de Movilización para Exportación, en el Estado de Nuevo León.
- Advertencia: En caso de no cumplir con la exigencia de dicho requisito se iniciarán acciones legales en contra de quienes sean omisos en su cumplimiento, como pueden ser movilizadores, propietarios, médicos veterinarios autorizados, organismos auxiliares y/o servidores públicos.
González recalcó que la Guía de Tránsito REEMO, desde el 22 de febrero del presente año, suple la Guía de Transito pre-impresa como requisito en la movilización de ganado bovino.
“…como lo establece el Acuerdo emitido por el Gobernador Constitucional del Estado de Nuevo León, por el que se implementa como elemento de seguridad, el uso obligatorio del sistema de registro electrónico para la expedición de la guía de tránsito REEMO, requerida para el control y rastreo de la movilización de ganado bovino en pie, originario del Estado de Nuevo León, así como para el ganado que ingrese, proveniente de otras entidades con cualquier propósito y finalidad zootécnica”, precisó.
“Hago de su conocimiento que derivado del “Convenio de Coordinación para realizar Acciones de Verificación e Inspección vinculadas al Control de la Movilización Agropecuaria, Acuícola y Pesquera”, celebrado entre la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Regional (SADER) y Gobierno del Estado de Nuevo León, se hará presencia por parte de Oficiales Estatales Autorizados a cargo de esta Secretaría, en los diversos puntos de verificación interna para constatar el cumplimiento de la normativa mencionada, de dichas inspecciones pueden derivar acciones legales”.
“Estas acciones nos permitirán seguir avanzando en forma sostenible en el objetivo de erradicar completamente la tuberculosis bovina, de la cual hemos tenido CERO CASOS en los últimos 7 años en la exportación, en beneficio de la producción pecuaria y la salud pública”.
¿Qué es la guía de tránsito Reemo?
- Sistema electrónico al que se accede mediante internet, diseñado para el registro de la movilización de ganado bovino, creado por la Confederación Nacional de Organizaciones Ganaderas de México.
- Se creó con la finalidad de dar seguimiento al ganado durante toda su vida, hasta su destino final, ya sea sacrificio en rastro o exportación.
- Registra cada movimiento, desde el rancho en que nació el ejemplar bovino, traslados a otras locaciones, como ranchos, engorda, ferias, exposiciones, entre otras.
- Está ligado al SINIIGA (Sistema Nacional de Identificación Individual de Ganado), y alimenta el Padrón Ganadero Nacional (PGN).
- En el REEMO, queda plasmado el número de identificación individual oficial del animal, sexo, edad, raza, nombre del rancho en el que nació, dueño, que técnico aretador lo identificó, entre otras cosas.
- Ley Ganadera del Estado de Nuevo León, señala que todo movimiento de ganado debe portar una guía de tránsito, por lo que se unifico a un solo documento llamado Guía de Tránsito REEMO.
- El 22 febrero del 2023, se publicó en el Periódico Oficial del Estado, un decreto donde se señala el uso obligatorio de la Guía de Tránsito REEMO, para toda movilización de ganado bovino dentro del Estado.
Otros protocolos de control de movilización de ganado
- Fierro de Origen: Marca del lugar de nacimiento y/o crianza del ejemplar.
- SINIIGA / Sistema Nacional de Identificación Individual de Ganado: Asigna a cada animal un número único que lo acompañe a lo largo de su vida y que permita dar seguimiento a sus movimientos. La identificación se plasma en Aretes en los que se muestra el número asignado al animal.