Niegan a Samuel consulta sobre veto a Fiscal
Por: Osvaldo Díaz
El Tribunal Superior de Justicia rechazó la petición del Gobernador del Estado Samuel García Sepúlveda para saber si debería de mantener la atribución de intervenir en la designación del Fiscal General de Justicia.
Los magistrados en la resolución que emitieron del dictamen señalaron que las facultades del Congreso Local no son materia de consulta popular.
Por tal motivo, el veredicto tomado por el pleno del TSJ se publicó en el Periódico Oficial del Estado.
En el documento se señala que con la votación de los 15 magistrados, se frenó la solicitud que impulsaba el mandatario estatal, al no superar las evaluaciones de legalidad para poder validarlo.
“El ejercicio del derecho humano de participación por la ciudadanía no es el medio legal adecuado para decidir sobre vulneración de principios de soberanía estatal”, establece el Tribunal en su análisis.
“Con base en las consideraciones y fundamentos expuestos, se determina no superado el examen de legalidad efectuado a la petición de consulta popular formulada por el ciudadano Gobernador Constitucional del Estado como titular del Poder Ejecutivo”.
Como se recordará, el gobernador Samuel García solicitó al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Nuevo León (IEEPC) aplicar una consulta popular.
Simplemente, el ejecutivo estatal desea conservar su facultad de veto en el proceso de elección del Fiscal General de Justicia, y no acatar lo señalado en el Artículo 159 de la Constitución recién reformado para quitarle esa atribución al mandatario estatal.
En dicho proceso, se le cuestionaría a la ciudadanía si el mandatario estatal podía “intervenir en el proceso para la designación del fiscal general del Estado”.
Lo anterior a pesar de que la Constitución señala claramente que para dicho proceso es ante el Congreso Local donde se debe realizar dicha solicitud.
En respuesta, Beatriz Adriana Camacho Carrasco, presidenta del IEEPC decidió enviar la petición al Poder Judicial, con el objetivo de revisar la legalidad de la petición tal como lo marca la ley.
En la resolución también se señaló que se guarda un propósito distinto al establecido legalmente para realizar una consulta popular, misma que no es la vía legalmente prevista “para la finalidad revelada en la petición”, por lo que se notificó al IEEPC.
Finalmente, el Tribunal Superior de Justicia decidió darle un revés al Gobierno del Estado en esta pugna que enfrenta con los diputados del PRI y del PAN del Congreso Local.