Promueve PAN iniciativa para que el Gobernador pueda ser juzgado por cualquier delito

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Por: Osvaldo Díaz

No conforme con la revocación de mandato, el grupo legislativo del PAN dentro de la iniciativa que presento de manera formal, promueve también que el mandatario estatal pueda ser juzgado por cualquier delito

Carlos de la Fuente Flores, coordinador de la fracción dijo que también podría ser investigado por traición a la patria, hechos de corrupción y delitos electorales.

El diputado del Congreso Local dijo que el ciudadano tiene el derecho de solicitar su destitución, si el Gobernador en turno no cumple con su función o incurre en algún delito.

Para tal efecto, dijo que estaban reformando el artículo 106 de la Constitución Política del Estado para aplicar este mecanismo legal.

“Existen situaciones en donde los funcionarios privilegian sus intereses personales o políticos, utilizando en ocasiones el aparato de gobierno para llevar a cabo sus objetivos.

“En ese tenor, seria congruente entonces, que los servidores públicos se encuentren sujetos a procedimientos o procesos judiciales de carácter penal cuando realicen acciones u omisiones donde se configure algún delito, pues cabe destacar que en el caso del Gobernador del Estado solo puede ser acusado por traición a la patria y delitos graves del orden común durante el ejercicio de su cargo”.

“La responsabilidad del Gobernador por delitos cometidos durante el tiempo del cargo será exigible en los términos prescritos en el artículo 106 de esta Constitución, lo dispuesto en este artículo es sin perjuicio de la procedencia del juicio político a que se refiere el artículo 110 de esta Constitución”, indicó.

La intención es que en el próximo periodo de sesiones comiencen a ver este asunto, con la intensión de homologarla con la Ley Federal.

Agregó que, en la actualidad, la Constitución no estaba armonizada por eso era necesario hacerle algunos cambios.

“La iniciativa establece la estructura que conforma el gobierno del Estado, con un equilibrio de poderes, con la finalidad de que exista un trabajo armonizado que beneficie a los ciudadanos, tal cual lo establece la constitución local en su artículo 30”.

“En esa tesitura, el poder público es ejercido por representantes del pueblo, es decir por servidores públicos, quienes ejecutan las facultades y atribuciones propias de su encargo, que se encuentran plasmadas en el marco legal correspondiente en base a la materia especifica. Estos servidores públicos deben cumplir cabalmente con sus funciones y privilegiar el interés social”.

De acuerdo a la reforma que se hizo en el 2021, se establecía como fecha el año del 2025 para que pudieran los ciudadanos solicitar una consulta popular a fin de definir la permanencia o el retiro de su cargo del Ejecutivo estatal, con los cambios pretenden que sea aplicable en el 2024.

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