Endurecen sanciones hasta con 10 años de cárcel a quien cause incendios forestales

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El Gobierno del Estado de Nuevo León endureció las sanciones para quienes provoquen fuego y dañen zonas forestales, con castigos que van desde los 2 y hasta 10 años de cárcel, se informó en un comunicado de prensa.

Las sanciones estarán dirigidas a las personas que causen incendios forestales, ya sea de manera intencional o imprudencial.

También, se modificó el decreto que establece zonas de veda para el uso de fuego. El documento establece, además de prohibir el uso de fogatas, la restricción del uso de vehículos todo terreno de tres o cuatro ruedas en zona de veda.

Asimismo, se reducirá el número de visitantes a los parajes naturales de Adjuntas, Matacanes, e Hidrofobia, o demás aledaños, ubicados en el municipio de Santiago.

Las personas que causen incendios forestales intencionales o imprudenciales podrán ser sujetas a las sanciones establecidas en la Ley de Desarrollo Forestal Sustentable del Estado de Nuevo León; el Código Penal para el Estado de Nuevo León; o el Código Penal Federal.

Además de los años en prisión, se impondrá pena por el equivalente de trescientos a tres mil días multa, a quien ilícitamente:

También se prohibirá el ingreso de material que pueda ser utilizado para encender fogatas o fuego para consumo de alimentos a todo visitante en las zonas de veda de uso de fuego.

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