Aprueba Cabildo de Matehuala uso obligatorio del cubrebocas

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Por unanimidad se aprueba el uso de cubrebocas obligatorio en la ciudad de Matehuala por Cabildo Municipal, en la Trigésimo sesión extraordinaria de cabildo celebrada este miércoles 29 de julio del presente año, por lo que quien no acate las indicaciones se hará acreedor de multa o arresto hasta por 36 horas.

El Sindico municipal expuso ante el colegiado, que a pesar de haber implementado una serie de medidas preventivas desde el pasado mes de marzo, la población no ha tomado conciencia, por lo que debido a que el Estado de San Luis Potosí se encuentra en semáforo rojo se deben de implementar medidas más correctivas para que se pueda frenar el contagio de COVID-19 en la ciudad, por tal motivo se sometió a cabildo la disposición del uso obligatorio del cubrebocas.

Con fundamento en el artículo 1, párrafo tercero, 21, párrafo cuarto y noveno, así el 115, fracciones I, II y III, inciso b), fracción I, de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí, y previo análisis y dictamen de la Comisión de Gobernación, se llevó a cabo la propuesta ante cabildo la modificación al Bando de Policía y Gobierno de Matehuala bajo los términos establecidos.

Por lo que en el capitulo II de las contravenciones al régimen de la seguridad de la población en el articulo 111, en lo dispuesto a la fracción XXXVI la multa será desde cinco hasta quince UMA (Unidad de Medida Actualizada) es decir la multa corresponde según el actual valor de $434.40 pesos a $1 303.20 pesos, para los ciudadanos.

En cuanto respecta a las sanciones a empresas o comercios según la fracción XXXVII por permitir el acceso a clientes sin cubrebocas o mascarilla a los locales comerciales, tiendas, restaurantes y negocios en general, así como propiciar filas, cúmulos de personas o cualquier otra causa que pudiera desencadenar una desobediencia a las medidas sanitarias la multa será desde 10 hasta 25 UMAS es decir de $868.80 pesos a $2 172.00 pesos.

Las medidas entran en vigor desde este día 29 de Julio del 2020, “Esta medida no obedece a un fin de recaudación, por lo que todos los elementos de Seguridad Pública encargados de aplicarla deberán sujetarse a los principios rectores de los Derechos Humanos, por lo que antes de emitir la multa, tanto a personas como negocios, deberán realizar la recomendación de su uso, si se resisten o fueran reincidentes entonces se aplicará la multa correspondiente”, aclaró el Sindico Municipal Mtro. Caleb Rodríguez Ocampo.

Dicha reforma solo tendrá efectos en tanto que la Secretaria de Salud del Gobierno del Estado de San Luis Potosí, mantenga un semáforo rojo, naranja o amarillo para la zona.

La sanción corresponde a quien no use de manera adecuada el cubrebocas o mascarilla en la vía publica de la ciudad en general, centros y locales comerciales, negocios, ambulantes, plazas y parques públicos, escuelas de cualquier nivel, espacios cerrados, transporte público, así como permitir que los menores de edad o incapaces con los que se hagan compañía no la usen.

Las dependencias públicas, municipales, estatales y federales, así como las paraestatales deberán incentivar entre los usuarios el ejercer las medidas sanitarias adecuadas.

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